miércoles, 17 de noviembre de 2010

La justicia indígena no procesará asesinato, violación y corrupción

Propuesta: Los delitos graves que ameritan una investigación deberán ser remitidos a la justicia ordinaria para su tratamiento.

La justicia indígena no procesará los casos de asesinato, violación ni los actos de corrupción que podrían producirse en las comunidades rurales. Éstos serán derivados para que sean resueltos por la justicia ordinaria, según uno de los primeros consensos sobre la Ley de Deslinde Jurisdiccional.

La propuesta tiene el objetivo de definir el área de acción de la jurisdicción indígena originario campesina para diferenciarla de las jurisdicciones ordinaria y agroambiental, que están reconocidas por la Constitución. Además, la futura ley determinará los mecanismos de coordinación y cooperación entre estas jurisdicciones.

El presidente de la comisión de la Magistratura y Jurisdicción Ordinaria de la Cámara de Diputados, Édgar Contaja, aseguró que la justicia indígena originaria campesina “es aplicable en problemas menores, no es para problemas tan difíciles de resolver, como por ejemplo casos de asesinato, violación o la corrupción, porque éstos implican una investigación minuciosa y técnica”.

El legislador explicó que ésta es una de las propuestas surgidas de las diferentes comunidades y organizaciones indígenas con las que se socializó un documento base elaborado por el Ministerio de Justicia. “Hemos recogido demandas de las diferentes comunidades, que han visto por conveniente que la justicia indígena no resuelva esos casos”.

El documento sufrió diversas modificaciones durante su socialización y será debatido a lo largo de las próximas semanas por la comisión. Se espera que sea una de las cuatro normas que sancionará la Asamblea Legislativa hasta que concluya este periodo constitucional.

El proyecto recibió iniciativas de la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (CSUTCB), la Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia (CIDOB) y el Consejo Nacional de Ayllus y Markas del Qullasuyu (Conamaq), las mujeres campesinas y otras organizaciones. El trabajo fue dirigido por la viceministra de Justicia, Isabel Ortega.

De acuerdo con la Constitución, los casos resueltos por una jurisdicción no podrán ser revisados por el fuero contrario, a menos que los administradores correspondientes efectúen una solicitud expresa en tal sentido.

“Administrará los delitos menores”

Édgar Contaja: La justicia indígena resuelve los casos con prontitud

El diputado Édgar Contaja Mayta, presidente de la comisión de la Magistratura y Jurisdicción Ordinaria de la Cámara Baja, expuso ventajas, desventajas y problemas de la aplicación de la justicia indígena.

—¿Cuáles son las ventajas y desventajas que tiene la propuesta?

—Una de las desventajas puede ser la violación a los derechos individuales que estamos tratando de subsanar y la ventaja es que es una modalidad pronta y rápida que no exige gastos.

—¿En qué consiste esa rapidez a la que se refiere?

—Quienes van a impartir la justicia indígena son autoridades que tienen experiencia en la administración comunal. En la justicia ordinaria es muy diferente porque hay que presentar memoriales, hay plazos y otros factores, mientras que para la justicia indígena originaria campesina todo se resuelve pronto. Se llama directamente a los sospechosos y de la misma forma se llama a las autoridades para resolver el conflicto.

—¿Cómo este fuero puede violar los derechos humanos?

—Podría pasar que en algún momento no se haga cumplir una sanción. Por ejemplo, alguien que haya robado en una comunidad es sancionado como corresponde, pero pasa que el infractor es un líder y muy conocido en el lugar. Entonces, puede darse el caso de que la comunidad le apoya a pesar de que (sabe que) no se está administrando bien la justicia. Ésa es una desventaja que prevemos.

—¿Se analizó los tipos de sanciones o se aplicarán de acuerdo con los usos y constumbres de cada comunidad?

—La justicia indígena es un derecho natural. No puede tener una forma escrita, cada comunidad decidirá, según el marco de autonomías que tenga, cómo va a administrar la justicia; todos los documentos que hemos recogido servirán de base para la administración de justicia, pero aclaro que solamente serán una base.

—¿Se recurrirá a fiscales y policías?

—Para los delitos que sean difíciles de resolver se buscará el apoyo del Ministerio Público, sólo para casos muy graves. Los delitos menores serán administrados por la justicia indígena.

Para destacar

El diputado Édgar Contaja aseguró que la justicia originaria tratará problemas menores que no necesiten una investigación.

Se espera que la propuesta llegue los próximos días a la comisión de la Magistratura y Jurisdicción Ordinaria para su tratamiento.

Los representantes del Conamaq afirman que el proyecto de Ley de Deslinde Jurisdiccional goza de consenso.

La CIDOB reclama la falta de representación indígena en el Órgano Judicial para apoyar los casos de la justicia comunitaria.

Opiniones

“Todo lo que se ha trabajado es importante para nosotros, pero en lo que se ha fallado y tenemos una observación es que dentro de la estructura del Órgano Judicial no se contempla y se ha perdido el carácter de participación de pueblos indígenas, porque ponen como requisito currículum o título profesional. En las instancias jerárquicas no tenemos representación indígena, no estamos contemplados como corresponde los alcances y las formas de nuestra justicia”.

Adolfo Chávez / Presidente de la CIDOB

“La propuesta para la Ley del Deslinde Jurisdiccional fue consultado a las organizaciones y por eso ha sido la única ley que ha sido consultada hasta el momento. La justicia ordinaria tarda mucho en resolver los casos, incluso años, pero ahora con la justicia indígena todo será rápido y se buscará la conciliación. Por eso estamos convencidos de su aplicación. Se tratará nuestros casos y no aquéllos que vienen de afuera. Lo haremos por usos y costumbres”.

Gabino Pata / Arquiri Apumallku del Conamaq

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