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lunes, 8 de junio de 2015

Defensoría del Pueblo promueve los derechos de indígenas

La Defensoría del Pueblo de Oruro, a través de un texto que contiene el Convenio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre pueblos indígenas y tribales promueve los derechos humanos de los pueblos indígenas.

En el texto se refiere que en muchas partes del mundo, esos pueblos no gozan de los derechos humanos fundamentales en el mismo grado que el resto de la población del Estado en que viven y que sus leyes, valores, costumbres y perspectivas han sufrido a menudo una erosión.

El convenio recuerda a los gobiernos que deben asumir la responsabilidad de desarrollar con participación de los pueblos interesados, una acción coordinada y sistemática con miras a proteger los derechos de esos pueblos y a garantizar el respeto de su integridad.

Asimismo se establece que deberán reconocerse y protegerse los valores y prácticas sociales, culturales, religiosos y espirituales propios de dichos pueblos y deberá tomarse debidamente en consideración la índole de los problemas que se les plantean tanto colectiva como individualmente. Se afirma que los pueblos indígenas y rivales deben gozar plenamente de los derechos humanos y libertades fundamentales, sin obstáculos ni discriminación.

Está determinado que los pueblos indígenas deben tener el derecho a decidir sus propias prioridades en lo que atañe el proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural.

Además, dichos pueblos deben participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente.

El texto incluye 31 artículos divididos en diez partes, como son: Política general; Tierras; Contratación y condiciones de empleo; Formación profesional, artesanías e industrias rurales; Seguridad Social y Salud; Educación y medios de comunicación; Contactos y cooperación a través de las fronteras; Administración; Disposiciones generales y Disposiciones finales.

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