LEY Nº 173
LEY DE 20 DE SEPTIEMBRE DE 2011
ALVARO GARCIA LINERA
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1.
Se declara de prioridad nacional la identificación de espacios para el
reconocimiento a la memoria de las/los Líderes, Héroes y Próceres
Indígenas Originarios Campesinos y Afrobolivianos del Estado Plurinacional de Bolivia.
Artículo 2. El
Ministerio de Culturas, conjuntamente los Gobiernos Autónomos
Departamentales, los Gobiernos Autónomos Municipales y los Gobiernos
Autónomos Indígena Originario Campesinos, deberán identificar a las/los
líderes, héroes y próceres Indígenas Originarios Campesinos y
Afrobolivianos, a objeto de la construcción, conservación, recuperación y
promoción de los espacios de reconocimiento a su memoria, de
conformidad a lo previsto por la Ley Marco de Autonomías y
Descentralización, y la Legislación vigente.
Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil once.
Fdo.
René Oscar Martínez Callahuanca, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Zonia
Guardia Melgar, Jeanne Añez Chávez, Agripina Ramírez Nava, Ángel David
Cortes Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de septiembre de dos mil once años.
FDO. ALVARO GARCIA LINERA, Carlos Romero Bonifaz, Claudia Stacy Peña Claros, Elizabeth Cristina Salguero Carrillo.