Irineo Zuna, vocal responsable del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde), del Tribunal Supremo Electoral, hizo saber que en coordinación con las organizaciones indígenas originario campesinas, se definen los criterios metodológicos para el acompañamiento, la observación y la supervisión de los procesos de autonomías.
Con esa finalidad, se redacta un reglamento que será validado y aprobado por los actores protagónicos del proceso.
Normas escritas innecesarias. Zuna aseguró que si bien el concepto de democracia comunitaria no requiere de normas escritas para su ejercicio, salvo decisión expresa de las naciones y pueblos indígenas originario campesinas, los criterios legales de la supervisión no permiten interferencia alguna o imposiciones de funcionarios estatales, organizaciones políticas, asociaciones de cualquier índole, poderes fácticos, o de personas u organizaciones ajenas a los pueblos o naciones indígena originario campesinos.
Por ello, el Sifde sólo acompaña en la redacción del indicado reglamento, que regirá la modalidad de participación de estas colectividades en los distintos procesos electorales
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