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martes, 12 de agosto de 2014

Autonomía Guaraní Charagua Iyambae

Así se denomina la primera autonomía indígena cruceña. La que va de prisa, por cierto. Y contra viento y marea. Silenciosamente. La que parecía un sueño. La que era una utopía. Hoy está a punto de ser una realidad.
Leer el estatuto de Autonomía Guaraní Charagua Iyambae, que fue declarado constitucional por el Tribunal Constitucional Plurinacional, es como leer un verso. Desde sus primeros párrafos, en la parte dogmática deja claro que el guaraní es un “pueblo-nación”. Subraya que históricamente esta cultura “vivió en paz” y, algo que una no pude dejar de admirar en su contenido, se jacta de haber sido “siempre un pueblo feliz”, hasta que comenzó “la Conquista”.
El Estatuto rememora la historia, los intentos de exterminio que sufrió este pueblo antes, durante y después de la Colonia, desde la conquista del imperio español y pasando por la misma Guerra del Chaco, que los mermó sin piedad. Es un homenaje a los ancestros líderes de esta nación guerrera que ofrendaron sus vidas para defenderla. Si bien es la norma básica de un pueblo indígena, reconoce una colectividad diversa en su territorio, es incluyente. En su texto identifica un periodo pos violencia física y dice que “después de las luchas armadas, llegaron las luchas ideológicas”. Una de ellas fue –y sigue siendo- la autonomía. Por eso apostaron por una nueva Constitución Política del Estado que incluya esta su lucha histórica. Y están avanzando sobre ella.

Los medios de comunicación no se han interesado por saber cómo será esta autonomía indígena cruceña. ¿Quién o quiénes serán sus autoridades? ¿Cómo se elegirán? ¿Cómo será este gobierno indígena guaraní? ¿Cuáles son sus competencias?, etc.
Charagua será un gobierno indígena autónomo. El cambio es histórico. Lo primero, Charagua ya no será una autonomía municipal. Dejará de serlo por voluntad de sus habitantes que en el referéndum del 2009 decidieron convertirse en una autonomía indígena. En los próximos comicios no elegirán un alcalde ni alcaldesa; tampoco concejales. Vivirán un proceso eleccionario inédito en Bolivia y en el mundo, pondrán en práctica la democracia comunitaria –constitucionalizada- y elegirán a sus autoridades mediante procedimientos propios, con base en su Estatuto y en la normativa nacional vigente.
Permítame que le cuente, en resumen, lo que versa su novedoso Estatuto. La Autonomía Guaraní Charagua Iyambae tendrá su gobierno propio, pero no será como cualquier otro gobierno autónomo del Estado Plurinacional boliviano. Tendrá tres instancias gubernamentales: Ñemboati Reta, que será un órgano de decisión colectiva; Mborokauai Simbika Iyapoa Reta, que será un órgano legislativo, y Tetarembiokuai Reta, que será el órgano ejecutivo. En los tres casos, son instancias con presencia colectiva, elegidas mediante usos y costumbre de forma paritaria en términos de género.

El Estatuto de Charagua tiene un capítulo referido a la administración de justicia, misma que se ejecuta a través de sus autoridades tradicionales, siempre en el marco de la CPE.
Tiene un régimen competencial donde enumera las 23 competencias exclusivas, 5 compartidas y 10 concurrentes que se le asigna. Sobre sus recursos financieros, enuncia de dónde provendrán sus ingresos propios y de transferencias; y establece lineamientos para el gasto público y tipos de gasto que tendrá. Además, instituye la administración de sus recursos bajo un modelo de corresponsabilidad solidaria y establece cómo distribuir su economía; señala cómo elaborar, aprobar y fiscalizar su presupuesto, cómo administrar y ejecutarlo, e incluso crea una tesorería para su gobierno autónomo. Tiene un capítulo relacionado a la producción para el Vivir Bien, otro que establece la protección de los recursos naturales dentro de su territorio, otro sobre gestión territorial, sobre recursos hídricos y riego, sobre turismo, energía y transporte, educación y cultura, salud y deportes.
El Estatuto indígena charagüeño registra como idiomas de uso oficial el guaraní y el español. Reconoce como sus símbolos a la bandera de la Nación Guaraní, el majestuoso toborochi, la flor del carnaval, el guanaco, el tacú y su manija, el maíz –base de la alimentación de esta cultura- y hasta el “tren de la integración”.

Esta norma indígena garantiza la libertad de religión y de creencias espirituales y anota meticulosamente sus valores y principios, que no podemos dejar de enunciar: libertad, pluralidad, tierra sin mal, justicia social, unidad, solidaridad, complementariedad, dignidad, comunidad, identidad guaraní, equidad y el vivir bien. Entre sus principios cita la vida armoniosa, trabajo mancomunado y solidario, que las riquezas naturales se utilicen según la necesidad en el marco del respeto a la naturaleza, amor al prójimo y valentía.
El gobierno autónomo de Charagua garantiza el acceso a la información y a la consulta previa y obligatoria de acuerdo con los procedimientos propios.
El Estatuto de Charagua, sujeto a la Constitución, tiene como fin el yaiko kavi päve (para vivir bien), escrito en mayúsculas, frase mencionada doce veces en su contenido. La norma fue elaborada por una asamblea de 59 personas, constituida democráticamente en 2010, presentada por primera vez al TCP en 2012 y declarada constitucional por esta instancia en 2014

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